Nuevas deducciones fiscales para tus donativos
Gracias a las modificaciones en la Ley de Mecenazgo, los donativos que realices a Cáritas tienen unas deducciones fiscales más ventajosas.
Seguramente habrás escuchado en estos días que tu solidaridad tiene ahora un mayor valor económico y que los donativos que realices desgravarán aún más en la declaración de la renta.
Aunque la generosidad nace del deseo de ayudar sin esperar ningún tipo de recompensa, es una gran noticia que las modificaciones en la Ley de Mecenazgo vengan a reforzar las desgravaciones en vigor hasta este año. En este post te contamos todas las novedades.
Desde este mes de enero
Desde el 1 de enero de 2024, los donativos que realices a Cáritas tienen unas deducciones fiscales que con la nueva ley de mecenazgo son aun más ventajosas *.
Si eres una persona física que hace la declaración de la renta:
• Te deduces un 80 % de los primeros 250 euros donados, es decir, 200 euros.
• A partir de esa cantidad, deducirás un 40 %.
• Además, si los dos años anteriores donaste al menos la misma cantidad, la deducción sube al 45 %.
Si eres una empresa corresponsable y solidaria, estas son las deducciones en el Impuesto de Sociedades:
• Un 40 % de tus donaciones.
• Si en los dos años anteriores donaste al menos la misma cantidad, sube al 50 %.
Es conveniente matizar que esta es una información genérica, que puede variar según cada comunidad autónoma.
* RDL 6/2023 (Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo) publicado el pasado 20 de diciembre, incorpora modificaciones importantes en la vigente Ley 49/2002 de Mecenazgo.